Cómo contratar una
empresa de Seguridad Privada
Los puntos a tener en cuenta para
contratar seguridad privada
en Argentina
Por Carlos Reisz
Para contratar a una
empresa de vigilancia e investigaciones privadas en la Republica
Argentina, deben tenerse en cuenta al menos los siguientes diecisiete
puntos:
1. Habilitación para la actividad, otorgada por la Secretaria de
Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o por la
Dirección de Fiscalización de Agencias de Seguridad e Investigaciones
Privadas de la Provincia de Buenos Aires, o por las Policías de cada
una de las Provincias del territorio Argentino en cuya jurisdicción
este comprendido el domicilio de quien contrata el servicio.
NOTA: Muchas empresas de Seguridad Privada, cuentan con una
habilitación otorgada por la Policía Federal, la Policía de la
Provincia de Buenos Aires u organismos Policiales de las Provincias en
general; debe exigirse una certificación actualizada de habilitación o
rehabilitación cuya constancia no sea mayor de 30 días al momento de
entregarse la documentación.
2. Constatar la fecha de alta de la empresa en la actividad que se
esta contratando, exigiendo que adjunte el formulario de la DGI donde
conste la fecha de inscripción de la misma; asimismo exigir fotocopia
del formulario de inscripción en Ingresos Brutos y verificar la fecha
inserta de alta; solicitar se adjunte a la documentación el formulario
de inscripción actualizado en la DGI, donde consten los rubros sobre
los que realiza aportes, como ser: IVA, categoría ante ANSES, impuesto
al capital o patrimonio neto, Ganancias, empleador, etc.
3. Constatar habilitación municipal, pago de tasas y contribuciones de
ABL y territorial del año en curso, salvo que se hayan mudado
recientemente en cuyo caso exigir los del ultimo domicilio anterior y
constancia de pagos de Aguas Argentinas o el ente que lo sustituya de
los últimos 6 meses o tres bimestres.
4. Constancia de libre deuda de Obra Social, Sindicato, aporte
solidario (convenio colectivo de trabajo 442/2006), ultimas tres
declaraciones juradas de pago de IVA y constancias de pago de IVA,
nomina de ART; Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias y
constancia de pago (último año).
5. Exigir fotocopia autenticada de Pólizas de Seguro Colectivo de
Accidente de trabajo, Seguro de vida colectivo, Seguro de
Responsabilidad Civil Incidental de todo riesgo, con pólizas
actualizadas y vigentes al menos durante el primer 50% del periodo de
tiempo de vigencia del contrato, con obligación de presentar su
renovación 10 días antes del vencimiento y copia de las constancias de
pago de dichos seguros.
6. Constancia de autorización de “usuario colectivo” del Registro
Nacional de Armas RENAR, tanto si el personal tuviese que cumplir
servicio con armas o sin ellas. NOTA: Esta terminantemente prohibido
el Servicio de Vigilancia con armas en lugares de circulación de
publico o de dominio publico y por lo tanto si fuese el caso, el
proveedor deberá firmar un compromiso de que el personal que realizara
la tarea contratada, no portara armas y en caso de hacerlo, además de
ser sancionado, importara la cancelación instantánea del contrato con
mas una multa que el proveedor deberá abonar al usuario o contratista
cuyo monto sea equivalente o superior a dos meses de facturación de la
empresa contratada. En el caso de que el personal de vigilancia
debiere estar armado, deberá poseer el correspondiente CLU y
portación, expedida por el RENAR y se deberá contar (agregando copia
legalizada) con autorización de la Autoridad de Aplicación y/o
Contralor, para efectuar el servicio con armas.
7. La empresa deberá contar con un servicio contratado de emergencias
medicas que incluya medicina laboral y gabinete psicológico.
8. En caso de que el personal de servicio de vigilancia deba hacer su
trabajo contando con equipos de radio transceptores de mano o puesto
fijo Radioeléctrico o móviles equipados con radio, deberá contar con
la autorización de la CNT para el uso de las frecuencias y tener los
certificados de constancia de pago de aranceles al día.
9. Deberá acreditar dentro de los 30 días de contratada el alta
oficial de los vigiladores, de acuerdo a lo dispuesto en las leyes,
decretos, circulares, etc. emitidos para contralor por parte del ente
regulador (Ley 1002/99 o 1913/2005 o 12297/99, 1133/2001, o las leyes
provinciales de Seguridad Privada.
10. Deberá presentar los certificados de capacitación del personal de
acuerdo a lo establecido en los decretos que regulan la actividad de
prestación de Servicio de Vigilancia Privada (1002/99, 1913/05,
1133/2001, 12297/99 y/o las provinciales).
11. Deberá presentar último resumen de sus cuentas corrientes
bancarias, manifestación patrimonial y de bienes certificada por
contador y colegio correspondiente.
12. Si el personal afectado al servicio debiera conducir vehículos de
transporte de personas y/o carga de cualquier porte y naturaleza, se
adjuntaran las licencias de conductor, los seguros de los automotores
y copia del titulo de propiedad de los mismos.
13. Deberá exigirse declaración jurada de que todo el personal de
Vigilancia y Seguridad tendrá el equipamiento necesario para el buen
desempeño de su tarea, con especial énfasis en el uniforme,
credenciales y emblemas y que la trasgresión a esto implicara el
despido inmediato del vigilador o supervisor, con cargo a la empresa
de seguridad contratada y sin ningún perjuicio económico o
resarcimiento por no permitir el ingreso del personal al predio
vigilado, por cualquier motivo.
14. Deberá manifestar idoneidad para el desempeño de las tareas a
contratar, que será avalado mediante los antecedentes personales de
los directores técnicos y operativos de la empresa de Vigilancia.
15. Se exigirá constancia de afiliación a alguna Cámara o Asociación
de Seguridad, donde pueda recabarse información de ellos.(CAESI,
CELSI, CEMARA, CAESBA, AASPRI, etc.)
16. El modelo de contrato entre la empresa contratante y la empresa de
seguridad, debe ser redactado por la empresa contratante, pudiendo las
empresas de seguridad adjuntar el modelo propio para su estudio.
17. Se solicitaran al menos dos presupuestos, que deberán estar
integrados por los siguientes ítems:
• Informe del estudio de seguridad realizado al lugar;
• Propuesta de soluciones a los problemas encontrados;
• Proyecto de Plan de contingencias, Plan de trabajo, Plan de
evacuación y emergencias para ese objetivo;
• Propuesta económica (costo por hora-hombre, cantidad de
vigiladores,
cantidad de hora-hombre, costo de adicionales, etc., de manera
detallada) y una factura proforma del primer mes de servicio para su
estudio;
• Descripción de los elementos que serán provistos por la empresa de
vigilancia, en comodato o en leasing o como parte integrante de
amortización por incremento de la hora-hombre y en este caso duración
del aumento de la hora-hombre hasta la amortización de los elementos
provistos y que quedaran de propiedad del usuario y en caso de que la
vigencia del contrato sea menor que el plazo de amortización, cual
seria el valor residual a pagar, como así también cual seria el valor
de recupero para el contratante, si decidiese no quedarse con los
elementos.
Para llevar a cabo la contratación, se deberá
formar una comisión ad-hoc del Consejo de Administración, asesorada
por un Auditor/Consultor externo de Seguridad cuando sea posible.
Esta comisión evaluará las ofertas, constatará los antecedentes
presentados y presentará un informe a los responsables de la
contratación, actuando como comité de preadjudicación.
NR: Si bien el Prof.
Reiszse refiere a la Argentina, estos puntos son válidos en
prácticamente todos los países de nuestra región.
Si bien el Prof.
Reiszse refiere a la Argentina, estos puntos son válidos en
prácticamente todos los países de nuestra región.
El
Prof.
Carlos F. Reisz fue un colega descollante y persona
ejemplar. Gracias!